Con la aceptación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de la consulta a trámite de la reforma al Poder Judicial, no se detiene su implementación por parte del Senado de la República y el Instituto Nacional Electoral (INE), ya que sólo resolverá una cuestión del interés del Poder Judicial, tanto de su administración, como de su desarrollo, explicó Rafael Estrada Michel, doctor en Derecho y constitucionalista.
“Todavía no queda claro que con eso vaya a poder tumbar la reforma, es decir, la vayan a declarar inconstitucional, a pesar de estar en la Constitución; porque la consulta a trámite no es un amparo, no es una acción de inconstitucionalidad, no es una controversia constitucional, simple y llanamente la Corte va a resolver la consulta que se le formuló, y va a decir: sí, me parece que aquí hay una violación, o no, a tal o cual principio”, comentó Estrada Michel.
Si la SCJN resuelve que la reforma constitucional propuesta por el expresidente Andrés Manuel López Obrador afecta la independencia del Poder Judicial, procederían los amparos y las acciones de inconstitucionalidad que se han interpuesto en su contra.
“Se podría derivar que los amparos que sí se han presentado contra el procedimiento o, incluso, contra el fondo de la reforma constitucional de la llamada reforma judicial, procedan. Y si proceden, por primera vez en nuestra historia judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación diría: es inconstitucional el mecanismo mediante el cual se reformó la Constitución, o es de plano inconstitucional el contenido de la Reforma judicial”, expuso el especialista.