Así quedaría el calendario de los días de descanso obligatorios con la reforma laboral

No hay duda de que el debate por la reforma judicial se ha llevado prácticamente todos los focos de atención en las principales mesas de debate del país, sean oficiales o no. Sin embargo, apenas hace unas semanas se suscitaron varias manifestaciones buscando presionar al Poder Legislativo para la aprobación de esta modificación a la Ley Federal de Trabajo (LFT).

En el tintero se han quedado varios temas. Dentro de la categoría de la reforma laboral podríamos incluir la búsqueda de la reducción de la jornada laboral, el incremento de aguinaldo, la regulación de plataformas digitales y la ampliación de días feriados. En todos los casos las propuestas buscan evitar malas prácticas de trabajo y proteger los derechos de los trabajadores. En ese sentido, recientemente se han aprobado la denominada “Ley Silla” y la ampliación en los permisos de paternidad.

Bajo este entendido, el panorama que pueden enfrentar trabajadores y patrones en caso de que se apruebe la ampliación de los días feriados principales podría ser el siguiente:

  • 5 de mayo por el Aniversario de la Batalla de Puebla
  • 10 de mayo por la Conmemoración del Día de las Madres
  • 15 de mayo por la Conmemoración del Día del Maestro
  • 1 y 2 de Noviembre por el Día de Muertos

Así quedaría el calendario de días de descanso obligatorios

Con la adición de estas cinco fechas, este sería el nuevo calendario:

  • 1 de enero
  • Primer lunes de febrero por conmemoración del 5 de febrero
  • Tercer lunes de marzo por conmemoración del 21 de marzo
  • 1 de mayo
  • 5 de mayo
  • 10 de mayo
  • 15 de mayo
  • 16 de septiembre
  • 1 de noviembre
  • 2 de noviembre
  • Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • 1 de octubre
  • 25 de diciembre

Además de días que determinen las leyes federales y locales destinados a jornadas electorales, así como la toma de protesta presidencial cada 6 años, la cual se celebraría el 1 de octubre.

Anuncian nuevo día de descanso en México; ¿a quiénes aplicará?

El gobierno federal liderado por el actual presidente Andrés Manuel López Obrador anunció un nuevo día de asueto para el territorio mexicano, el cual entrará en vigor en este 2024 por motivo de las recientes elecciones presidenciales. 

Aunque no se habían realizado cambios en el calendario oficial desde el año 2006, con la reforma que se hizo el 10 de febrero de 2014 en materia político-electoral y que entró en vigor en diciembre de 2018 una nueva fecha se sumará en este 2024, por lo que en esta nota te compartimos a quienes aplicará este nuevo descanso. 

“Derivado de la reforma al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicada en el DOF el 17 de enero de 2006, se modificó el artículo Segundo del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial a efecto de que los días no laborales de las personas servidoras públicas federales fueran acordes con dicha reforma de ley”, dice el decreto publicado por López Obrador.

Según lo estipulado por el gobierno federal, este día entrará en vigor el 1 de octubre en cada cambio de representante presidencial, es decir, cada 6 años. Este año López Obrador entregará la banda presidencial a Claudia Sheinbaum, quien se convertirá así en la primera mujer en ser presidenta en México.

En el decreto se especifica que este nuevo día de asueto aplicará a partir de este 2024 y cada seis años por la transición del poder tras la reforma que se hizo y que adelantó dos meses el cambio del titular del Ejecutivo, ya que anteriormente la banda presidencial se entregaba cada 1 de diciembre.

Este día de asueto aplicará únicamente a los servidores públicos, es decir, para los trabajadores al servicio del Estado, con lo que este 1 de octubre se suspenderán las labores en dependencias y entidades de la administración pública federal por el cambio de gobierno.

Además del 1 de octubre, que se suma al calendario y que aplicará cada seis años, los otros días de asueto para servidores públicos federales que trabajen en dependencias y entidades de la administración pública federal son:

  • 1 de enero
  • Primer lunes de febrero
  • Tercer lunes de marzo
  • 1 de mayo
  • 5 de mayo
  • 16 de septiembre
  • Tercer lunes de noviembre
  • 25 de diciembre