La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido una decisión unánime que otorga el derecho a la pensión por viudez también a parejas del mismo sexo. A través de un comunicado oficial, la SCJN enfatizó la importancia de que instituciones como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) respeten los derechos de la comunidad LGBTI.
En su declaración, la SCJN sostiene que condicionar el derecho a una pensión por viudez según las preferencias sexuales y el género de las personas es inconstitucional. Los ministros han llegado a la conclusión de que la Ley del Seguro Social, vigente desde 1995, limita el derecho a recibir una pensión cuando el sostén económico de una pareja fallece debido a su orientación sexual.
Se argumenta que esta ley solo reconoce el derecho a la seguridad social para un modelo de familia tradicional, lo que resulta en desigualdad y discriminación al ignorar otras formas de relaciones afectivas. La SCJN insiste en que las autoridades deben reconocer y respetar las uniones establecidas bajo los principios del matrimonio o el concubinato.
El proyecto en cuestión, relacionado con el amparo en revisión 389/2023, fue presentado por el ministro Luis María Aguilar Morales y se resolvió en la sesión de la Segunda Sala de la Corte de este miércoles. Esta decisión marca un avance significativo en la lucha por la igualdad de derechos para la comunidad LGBTI en México.
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